Acuerdo

Sesión 5317-06 del 8 de diciembre de 2008
Gaceta n° 51-2008 del 25 de febrero de 2009
Resumen del acuerdo

El Consejo Universitario conoce el dictamen CE-DIC-08-05, presentado por la Comisión Especial que estudió la propuesta de declaratoria de la Carta de la Universidad de Costa Rica de los derechos del peatón y de la peatona, y del Día del transporte sostenible en la Universidad de Costa Rica. ACUERDA:

  1. Aprobar el siguiente acuerdo: La Universidad de Costa Rica procurará, en la medida en que lo establecen sus posibilidades, normativa y recursos, que el peatón y la peatona tengan derecho a:
    1. Contar con un entorno sano y a disfrutar libremente de los espacios públicos en condiciones que garanticen adecuadamente su bienestar físico y psicológico.
    2. Estudiar, trabajar y realizar todas sus actividades y gestiones en lugares diseñados para apoyar las necesidades de las personas, y a disponer de servicios y equipamientos a distancias que se puedan recorrer a pie o en bicicleta.
    3. Contar con entornos urbanos que faciliten el contacto social.
    4. Tener medidas específicas para que las personas con capacidades y necesidades especiales mejoren su movilidad autónoma en los diversos espacios de la Institución.
    5. Contar con zonas urbanas lo más extensas posible, de forma que conecten recorridos cortos y seguros.
    6. No estar expuestos a emisiones de sustancias y ruido por encima de los límites tolerables establecidos científicamente.
    7. Contar con los medios de transporte público alternativo que no sean una fuente de contaminación atmosférica o acústica.
    8. Tener límites adecuados de velocidad de calles y cruces como forma de garantizar la seguridad de la circulación a pie o en bicicleta.
    9. Disponer de un sistema eficaz de señalización de tráfico, cuyo diseño tenga en cuenta las necesidades de las personas con limitaciones físicas: motoras, visuales, auditivas o de otro tipo.
    10. La adopción de medidas específicas que aseguren que tanto el tráfico rodado como el peatonal tengan facilidad de acceso y libertad de movimiento, dentro de los límites que la Institución disponga.
    11. Acceso a la información necesaria para promover hábitos de manejo de vehículos automotores que respeten a las personas que se movilizan como peatones y peatonas, a los animales y al entorno físico.
    12. Un servicio de transporte colectivo universitario ecológicamente sostenible y bien equipado para cubrir las necesidades de toda la comunidad universitaria.
    13. Que la persona que viaja a la Universidad en su vehículo de tracción humana, como la bicicleta, pueda contar con zonas de aparcamiento seguras y situadas de tal forma que permitan su movilidad dentro del campus.
    14. Recibir la información, a través de los medios idóneos, relativa al ejercicio de los derechos del peatón y de la peatona de la Universidad de Costa Rica.
  2. Declarar el primer jueves de junio de cada año como el Día del Transporte Sostenible en la Universidad de Costa Rica, en conmemoración del Día Mundial del Ambiente (5 de junio). Para tal efecto se debe:
    1. No permitir el ingreso y circulación, dentro de las instalaciones de la Universidad, de vehículos de combustión interna, como una forma de llamar a la reflexión en torno a los problemas ambientales provocados por estos motores.
    2. Promocionar, de manera decidida, entre la comunidad universitaria y nacional, el día de tal celebración, el desarrollo, el uso y la evaluación de formas de transporte alternativo.
  3. Solicitar a la Rectoría que conforme un grupo de trabajo institucional, integrado por los diversos sectores de la comunidad universitaria, con el apoyo técnico del Programa de Gestión Ambiental (ProGAI), para elaborar, en un plazo de 6 meses, una propuesta, con el propósito de poner en operación dichas iniciativas en las diversas sedes de la Institución.

ACUERDO FIRME. (Este acuerdo se modifica en sesión 5349-01, 11-05-09)