mar 4
2019

Aprueban reformas al Reglamento de Régimen Académico

Zaida Siles Rojas, Periodista
Con la reforma reglamentaria se pretende fortalecer la evaluación del trabajo del profesorado de la UCR  para su ascenso en régimen académico. (Foto con fines ilustrativos, www.economia.ucr.ac.cr)

Con la reforma reglamentaria se pretende fortalecer la evaluación del trabajo del profesorado de la UCR para su ascenso en régimen académico. (Foto con fines ilustrativos, www.economia.ucr.ac.cr)

El Consejo Universitario aprobó varias reformas al Reglamento de Régimen Académico y Servicio Docente, con miras a fortalecer el proceso de evaluación del trabajo académico del profesorado de la Universidad de Costa Rica (UCR) para ascender en este régimen.

Se trata de la modificación a los artículos 8, 8 bis; 42 bis, inciso a), punto iv; 42 ter; 47, inciso d); y 56, así como la inclusión del artículo 8 ter. La reforma fue dictaminada por la Comisión de Docencia y Posgrado, y avalada por el plenario en la sesión N.° 6253, del pasado 7 de febrero.

Con los cambios se pretende mejorar la capacidad de respuesta de la Comisión de Régimen Académico, al igual que precisar los criterios de evaluación, incentivar el trabajo colaborativo y propiciar la equidad entre las áreas académicas.

Al respecto, algunas de las modificaciones atañen a la organización y funciones de esa Comisión. Por ejemplo, ahora para ser parte de ella será necesario, además de ostentar la categoría de catedrático, tener, al menos, 25 puntos en el rubro de producción académica, artística o didáctica. Por lo tanto, quienes evalúen el quehacer institucional estarán dentro del grupo de docentes con producción académica.

Asimismo, se incorporó el uso de los medios electrónicos para la comunicación institucional de los procesos relacionados con la evaluación académica, de manera que a partir de esta reforma se podrá notificar al personal docente el resultado de sus gestiones, por ese medio. Esto agilizaría la entrega de las calificaciones, que actualmente deben hacerse por escrito.

También, para darle mayor flexibilidad a la Comisión se eliminó la obligatoriedad de consultar siempre a especialistas. Eso lo hará únicamente cuando existan diferencias de criterio en su seno o reciba un recurso administrativo de apelación subsidiaria.

Otra de las novedades de esta reforma es la adición de un incentivo directo por el trabajo colaborativo de carácter multidisciplinario o interdisciplinario. En estos casos se otorgará, de manera adicional, 0,25 puntos, independientemente de la cantidad de autores o autoras, siempre a criterio de la Comisión de Régimen.

También, se contemplan varias disposiciones transitorias relacionadas con la aplicación de la reforma, el plazo para que los consejos de área presenten los indicadores específicos del área enfocados en evaluar la producción académica, y la aplicación del puntaje adicional por trabajos catalogados como multidisciplinarios o interdisciplinarios, antes del año 2020.






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