feb 5
2018

Archivan resolución del VII Congreso

Alejandra Amador Salazar, Periodista
El Consejo acogió un total de 52 resoluciones del VII Congreso, las cuales trasladó a las diferentes comisiones de este Órgano, para el estudio correspondiente. (Foto: Andrea Jiménez)

El Consejo acogió un total de 52 resoluciones del VII Congreso, las cuales trasladó a las diferentes comisiones de este Órgano, para el estudio correspondiente. (Foto: Andrea Jiménez)

El Consejo Universitario decidió archivar la resolución titulada Seguimiento de acuerdos y rendición de cuentas del VII Congreso Universitario, al considerar que su aplicación es inviable.

Dicha resolución tenía como propósito que este Órgano convocara una Asamblea Colegiada extraordinaria para que en ella se aprobara la adición de un inciso al artículo 16 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, la modificación al artículo 150 de esa misma normativa, y una reforma al inciso h del artículo 30 del Estatuto de la Federación de Estudiantes (FEUCR).

Asimismo, pretendía que la Rectoría elaborara un plan para implementar aquellas ponencias del Congreso Universitario que no requieren de una reforma al Estatuto Orgánico y presentara informes anuales al Consejo Universitario sobre los avances de los acuerdos.

Por su parte, al Órgano Colegiado se le encomendaba la tarea de definir mecanismos de seguimiento de acuerdos que garantizaran la concreción de las resoluciones para luego exponer a la comunidad universitaria el progreso.

Sin embargo, el Consejo Universitario aseguró que la posibilidad de que estos acuerdos se apliquen a las resoluciones aprobadas por el VII Congreso es inviable, en virtud de los principios de seguridad jurídica y de irretroactividad de las normas; y al mismo tiempo determinó que las resoluciones no pueden implementarse de manera automática en la Institución, pues esto contraviene la naturaleza y propósito de este espacio de reflexión universitaria.

Asimismo, afirmó que algunas requieren de estudios exhaustivos por parte de las instancias técnicas encargadas de cada materia, y de un análisis de las condiciones financieras y administrativas que permita determinar su viabilidad.

Finalmente, el Órgano Colegiado recordó que la modificación sugerida al Estatuto Orgánico de la FEUCR y algunas peticiones directas a la Administración no son potestad de este Órgano Colegiado.






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