dic 2
2014

Consejo recomendó aprobar cinco proyectos de ley sobre diversas temáticas

Alejandra Amador Salazar, Periodista
El artículo 88 de la Constitución Política establece que el Poder Legislativo debe oír la posición del órgano director de las universidades públicas antes de la aprobación de propuestas relativas a las materias puestas bajo la competencia de estas. (Foto: http://www.ticovision.com)

El artículo 88 de la Constitución Política establece que el Poder Legislativo debe oír la posición del órgano director de las universidades públicas antes de la aprobación de propuestas relativas a las materias puestas bajo la competencia de estas. (Foto: http://www.ticovision.com)

De acuerdo con el compromiso que tiene la Universidad de Costa Rica de contribuir con las transformaciones que la sociedad necesita para el logro del bien común, el Consejo Universitario, en sesión N.° 5855, analizó y emitió su recomendación favorable sobre cinco propuestas legislativas relacionadas con diversos temas.

En esta oportunidad, el Órgano Colegiado conoció las iniciativas de ley destinadas a promover el desarrollo humano y económico de la provincia de Limón, el restablecimiento del artículo 3 de la Ley de Radio, una interpretación auténtica relacionada con la Ley General de la Persona Joven, la incorporación de un artículo al Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la propuesta para reducir la jornada laboral a padres que tienen niños con necesidades especiales.

El criterio positivo de esta casa de estudios superiores en relación con dichas propuestas se justifica en la medida en que cada una aporta elementos trascendentales para solucionar temas de interés para el país, y que ninguna incide con la autonomía universitaria.

En el caso de la interpretación auténtica el artículo 4, inciso m) de la Ley General de la Persona Joven, el Consejo Universitario aunque reconoce que no existe una intención del legislador de crear un marco jurídico diferente en el reconocimiento de las uniones de hecho, señaló que la interpretación a la que hace referencia la propuesta no tiene nada que ver con que las parejas del mismo sexo puedan o no hacer valer sus derechos de convivencia.

Otro de los proyectos que analizó el Consejo Universitario es la modificación al artículo 8 de la Ley N.° 7454, la cual promueve reactivar el desarrollo de Limón por medio de la educación y el incentivo económico a las microempresas de esta provincia. En este sentido, la Universidad considera beneficioso y conveniente su aprobación una vez que se resuelvan algunos detalles relacionados con la integración de la Junta Directiva del Fondo de Desarrollo de la Provincia de Limón y de la Federación de Municipalidades de Cantones Productores de Banano.

Con respecto al restablecimiento del artículo 3 de la Ley de Radio, el Órgano Colegiado afirmó que la aprobación de esta propuesta garantizaría que los concesionarios de los servicios de radiodifusión mantengan un contenido nacional en su programación; sin embargo, también considera importante que se respeten los derechos adquiridos por personas extranjeras que podrían verse afectadas y que se aclare qué va a pasar con la inversión que ellas hicieron.

Por otra parte, la iniciativa para incorporar un artículo 106 quater al Código de Normas y Procedimientos Tributarios recibió el respaldo de la Universidad, gracias a que la modificación planteada favorecerá la transparencia fiscal y mejoraría la posición del país en el ránquin internacional de los países considerados como paraísos fiscales.

Finalmente, el quinto proyecto legislativo que la Institución recomendó aprobar es el que tiene como finalidad la reducción, de hasta un tercio, de la jornada laboral a los empleados que sean responsables de un niño con condiciones especiales, sin que eso afecte su remuneración.

El Órgano Colegiado resaltó la necesidad de esta propuesta, y sugirió al Poder Legislativo que reflexione si la protección que se pretende dar comprende solo a los menores de edad o también debería abarcar a toda aquella persona que posee algún tipo de discapacidad física o mental.






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