abr27
2017

Consejo Universitario derogó acuerdo que aumentó anualidad a 5.5%

Zaida Siles Rojas, Periodista
Según lo dispuesto por el Consejo Universitario, a partir de enero de 2018, se pagará el porcentaje de anualidad que establezca la Convención Colectiva vigente en ese momento. (Foto: Andrea Jiménez)

Según lo dispuesto por el Consejo Universitario, a partir de enero de 2018, se pagará el porcentaje de anualidad que establezca la Convención Colectiva vigente en ese momento. (Foto: Andrea Jiménez)

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) derogó, este jueves 27 de abril, el acuerdo 2 de la sesión N.° 5390, del 29 de setiembre de 2009, que incrementó el porcentaje de anualidad de un 3%, como lo establece la Convención Colectiva de Trabajo, a un 5.5%.

También decidió que a partir de enero de 2018 la Institución pagará el porcentaje de anualidad que establezca la Convención Colectiva de Trabajo vigente en ese momento, pues actualmente la Administración de la Universidad y el Sindicato de Empleados (Sindeú) negocian un nuevo texto.

Según el Órgano Colegiado, no existe un derecho subjetivo a mantener un pago adicional, superior al 3%, sobre la base de ese acuerdo del 2009, pues, en ese entonces, se tomó con el fin de resolver un problema de desigualdad salarial, debido a que la Ley de Incentivos a los Profesionales en Ciencias Médicas permitía que algunos funcionarios universitarios tuvieran un porcentaje de anualidad superior.

Agregó que al variar la jurisprudencia de la Sala Constitucional y de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, las consideraciones que sustentaron dicho acuerdo han variado y ya no existe una posible desigualdad entre los trabajadores universitarios.

El Consejo Universitario dejó claro que lo acordado este jueves 27 de abril solo podrá ser modificado en virtud de la resolución de la Sala Constitucional sobre este asunto, cuyos términos son vinculantes. Lo anterior, debido a que existen dos acciones de inconstitucionalidad que tramita este alto tribunal sobre la anualidad, además de otros aspectos del régimen salarial de la Universidad de Costa Rica y de la Convención Colectiva de Trabajo.






Rosemile Ramsbottom, 4 may 2017, 10:11:
Me parece muy bien, aunque funcionaria, debe prevalecer la razonabilidad presupuestaria, y esta bien fundamentada la decisión,sin embargo sabemos muy bien, que el aumento anual decretado por ley, no cubre la inflación.


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