ene26
2016

Consejo Universitario establece funciones de comisiones permanentes

Arturo Padilla Chinchilla, Periodista
Todas las comisiones permanentes que conforman el Consejo Universitario podrán elevar a discusión del plenario reformas reglamentarias cuya naturaleza sea de su competencia. (Foto: Andrea Jiménez)

Todas las comisiones permanentes que conforman el Consejo Universitario podrán elevar a discusión del plenario reformas reglamentarias cuya naturaleza sea de su competencia. (Foto: Andrea Jiménez)

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) estableció las funciones generales y el ámbito de competencia de las ocho comisiones permanentes que lo conforman, y cuya nueva estructuración entró a regir en noviembre de 2015.

De esta manera, los asuntos que se asignen a las comisiones se tramitarán tomando en cuenta el fondo y no el tipo de materia, como sucedía anteriormente.

Esta definición de funciones facilitará el trámite de los asuntos hacia las comisiones desde el momento de su ingreso al Consejo Universitario y mejorará el proceso de admisibilidad.

Además, este cambio en la estructura del Órgano Colegiado posibilita a todas las comisiones proponer reformas reglamentarias cuya naturaleza sea de su competencia.

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