jul 6
2018

Reducen periodo para retiro de matrícula en la UCR

Zaida Siles Rojas, Periodista
El propósito del cambio es reasignar los cupos disponibles por retiro de matrícula y optimizar así la asignación efectiva de la oferta académica. (Foto: www.pixabay.com)

El propósito del cambio es reasignar los cupos disponibles por retiro de matrícula y optimizar así la asignación efectiva de la oferta académica. (Foto: www.pixabay.com)

A partir del segundo ciclo lectivo de este año, los estudiantes de la Universidad de Costa Rica (UCR) que necesiten retirar alguno de los cursos matriculados, deberán hacerlo durante los primeros seis días de clases, según el Calendario Académico Estudiantil.

Lo anterior, debido a una reforma al artículo 27 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil, aprobada el pasado 14 de junio por el Consejo Universitario.

El propósito del cambio es reasignar los cupos disponibles por retiro de matrícula y optimizar así la asignación efectiva de la oferta académica de la Institución, lo cual incidiría en la demanda insatisfecha y favorecería el avance académico de la población estudiantil.

Antes de esta modificación, el retiro de matrícula (RM) se podía realizar en las primeras cuatro semanas del I y II ciclos lectivos, mientras que para el III ciclo se habilitaba la primera semana. Ahora esos plazos se redujeron a los primeros seis y dos días, respectivamente.

Interrupción parcial

Otra de las novedades que trae esa reforma es que ahora se permitirá la interrupción parcial (ITP) de cursos matriculados, para aquellos estudiantes que, por motivos de salud o situaciones calificadas del grupo familiar en el ámbito socioeconómico, así lo ameriten.

La idea es que el estudiante atienda la situación calificada que le imposibilita la permanencia en los cursos por interrumpir, manteniendo la matrícula de dichos cursos de forma parcial, al igual que las calificaciones parciales obtenidas hasta el momento en que dio inicio la situación que motivó la ITP.

Esta interrupción parcial de cursos podría ser autorizada por un periodo no mayor de un año calendario, prorrogable, hasta por un año más.

La reforma reglamentaria fue publicada en La Gaceta Universitaria 23-2018.






Mario Villalobos, 9 jul 2018, 15:54:
NO PUEDE SER QUE LAS COSAS SE HAGAN EN CONTRA DE LOS ESTUDIANTES.
YO YA HABIA HECHO LA OBSERVACIÓN DE QUE MÁS BIEN DEBERÍAN AMPLIAR LOS PERIODOS PARA INCLUSIÓN, EN LUGAR DE REDUCIR LOS DE RETIRO, PERO NO SE TOMO EN CUENTA PARA NADA.


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