jun30
2017

Reforma reglamentaria procura agilizar funcionamiento del Consejo Universitario

Zaida Siles Rojas, Periodista
El nuevo reglamento del Consejo Universitario fue aprobado después de un amplio proceso de análisis, tanto en las comisiones de reglamentos y de coordinadores de comisiones permanentes, como en el plenario. (Foto: Andrea Jiménez)

El nuevo reglamento del Consejo Universitario fue aprobado después de un amplio proceso de análisis, tanto en las comisiones de reglamentos y de coordinadores de comisiones permanentes, como en el plenario. (Foto: Andrea Jiménez)

Agilizar la toma de decisiones y el trabajo en las comisiones, así como estandarizar la forma en que deben tramitarse los diferentes asuntos, son algunas de las razones por las cuales el Consejo Universitario reformó, de manera integral, su reglamento.

La nueva normativa la aprobó el plenario en la sesión N.° 6090, del pasado 15 de junio, y se publicó en el Alcance a La Gaceta Universitaria 8-2017.

De acuerdo con el director del Consejo Universitario, Ing. José Francisco Aguilar, las modificaciones incorporadas dan como resultado una norma más clara que facilita su aplicación y contribuye a mejorar el funcionamiento general del Órgano Colegiado.

Entre los principales cambios se establece cómo proceder en relación con la admisibilidad de los asuntos, la presentación de los dictámenes, la discusión y votación en las sesiones plenarias. También, se define un procedimiento general para agilizar el trámite de los casos en las comisiones, el cual señala los pasos por seguir desde el ingreso del asunto a comisión y hasta su discusión en el plenario. La idea es que sea una herramienta de trabajo para todos los miembros y una guía para quienes ingresen en el futuro.

Además, la normativa contempla aspectos importantes sobre las sesiones plenarias, tales como el cuórum, las sesiones de trabajo, la presentación y discusión de los dictámenes mediante un resumen explicativo claro y conciso, así como el trámite de las reformas reglamentarias y estatutarias por parte de las diferentes comisiones permanentes, lo cual responde a un acuerdo aprobado por este Órgano Colegiado desde el año 2010.

Otra novedad es el archivo de los casos después de transcurridos tres años, una vez que se haya incluido en la agenda y no se alcance una resolución. Solo se podrán mantener si la mayoría de los miembros así lo acuerdan.

Así mismo, con el fin de dar un seguimiento del avance de los casos en las comisiones, la persona que coordine deberá rendir un informe al director del Consejo Universitario con respecto al estado de los asuntos a su cargo.

En relación con los deberes de los miembros, se agrega la presentación de un informe cada dos años sobre su labor en el Consejo Universitario, con el fin de que a la vez sea una rendición de cuentas para las áreas o los sectores de los cuales provienen.

Por otra parte, el nuevo reglamento incluye un régimen disciplinario que incorpora, de forma general, las posibles causas por las que los miembros cometerían faltas. En el caso de las ausencias, se explicita bajo qué condiciones y circunstancias se incurrirá en ausencias injustificadas, con lo cual se pretende evitar que se rompa el cuórum. Al respcto, el reglamento contempla un transitorio que establece que el procedimiento para llevar a cabo el debido proceso será definido por el Consejo Universitario, en un plazo de seis meses, después de la aprobación de esta normativa.

 






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