dic 8
2016

UCR en desacuerdo con propuesta de ley para transformar residuos

Alejandra Amador Salazar, Periodista
Los tratamientos térmicos pueden ayudar a la jerarquización del manejo de residuos sólidos, siempre y cuando se realice una separación y valorización de ciertos materiales por otros medios, previo al aprovechamiento energético. (Foto: www.eadic.com. Imagen con fines ilustrativos)

Los tratamientos térmicos pueden ayudar a la jerarquización del manejo de residuos sólidos, siempre y cuando se realice una separación y valorización de ciertos materiales por otros medios, previo al aprovechamiento energético. (Foto: www.eadic.com. Imagen con fines ilustrativos)

El proyecto que pretende modificar los artículos 4, 6 y 42 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos carece de estudios científicos y criterios técnicos que respalden la reforma planteada, según la Universidad de Costa Rica (UCR).

El Consejo Universitario de esta casa de estudios superiores le recomendó al Poder Legislativo que no apruebe la iniciativa que tiene en estudio la Comisión Permanente Especial de Ambiente, cuyo objetivo es prohibir cualquier tipo de proyecto de transformación térmica de residuos sólidos.

Para la Universidad, es contraproducente eliminar de la normativa la posibilidad de utilizar tratamientos térmicos para la valorización de los residuos, ya que limita las acciones que se pueden llevar a cabo para solucionar el problema de los desechos en la actualidad.

En ese sentido, considera que más que prohibir los procesos de transformación térmica, lo que se requiere es fortalecer los mecanismos de control para garantizar el menor impacto sobre la salud de las personas y el ambiente.

Según la UCR, el texto propuesto refleja una posición en contra de la transformación de los residuos municipales sólidos ordinarios, sin embargo, el título no indica que se trate de este tipo de desperdicios, lo cual impediría el tradicional aprovechamiento de los restos agrícolas y agroindustriales.

Adicional a dichas observaciones, la Universidad indicó que esta reforma es innecesaria ya que, mediante el Decreto Ejecutivo N.° 39136 S-MINAE, se establece el Reglamento sobre Condiciones de Operación y Control de Emisiones de Instalaciones para Coincineración de Residuos Sólidos Ordinarios, el cual marca los lineamientos para el óptimo funcionamiento de eventuales instalaciones de ese tipo.

La posición de esta Institución está basada en el criterio especializado del Programa Institucional de Fuentes Alternativas de Energía, del Instituto de Investigaciones en Ingeniería, la Escuela de Ingeniería Mecánica, la Escuela de Ingeniería Química, y el Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible.






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