sep15
2022

Aprobada modificación presupuestaria que permitirá pagar diferencia salarial pendiente

Zaida Siles Rojas, Periodista
Imagen del Consejo Universitario reunido en la sala de sesiones.

La modificación presupuestaria 9-2022 aprobada por el Consejo Universitario es para cancelar lo del 2021, pues lo correspondiente al 2022 será atendido con presupuesto del presente año. (Foto: Andrea Jiménez)

El Consejo Universitario, mediante acuerdo unánime, aprobó este jueves 15 de setiembre la Modificación presupuestaria N.° 9-2022 por un monto total de ¢1 216 763 938,20, que le permitirá a la Universidad de Costa Rica (UCR) pagar el 0,89% de ajuste de inflación al cierre del 2020.

Precisamente este mismo jueves, el Sindicato de Empleados de la UCR (Sindeu) lideró un movimiento de presión ante el no pago de ese ajuste salarial. Debido a esto el Consejo Universitario amplió la agenda de la sesión ordinaria e incluyó esa modificación como primer punto de análisis.

El propósito de la modificación 9-2022 es reasignar parte de los recursos disponibles del grupo de partidas de Sueldos al Personal Permanente para atender la deuda por ajuste de costo de vida, la cual corresponde a un compromiso establecido por la Rectoría en la Resolución R-171-2020, del 26 de junio de ese año, mediante la cual resolvió:

1. No otorgar el ajuste salarial por incremento en el costo de vida en el año 2020.
2 (…)
3. Si al finalizar el año 2020 el Banco Central de Costa Rica determina que existe un porcentaje de inflación acumulada positivo, este será otorgado como incremento salarial por reconocimiento de costo de vida en el año 2021.

En el 2020 la inflación cerró en 0,89% por lo cual procedía el pago en los términos establecidos en dicha resolución.

Al aprobar la modificación, el Órgano Colegiado le solicitó a la Administración que, previo a hacer efectivo el pago de ese reconocimiento salarial realice un análisis exhaustivo para determinar con base en criterios técnicos y legales las partidas sobre las cuáles se debe hacer el cálculo de ese porcentaje.

Según lo acordado, la Administración deberá tomar en consideración para el análisis los criterios emitidos por la Oficina de Contraloría Universitaria (OCU-R-228-A-2021, del 29 de agosto de 2022), y la Oficina Jurídica (OJ-876-2022, del 12 de setiembre de 2022) con respecto a esa modificación presupuestaria, así como lo establecido en la Ley N.° 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas sobre este tema, e informar lo acordado a este Órgano Colegiado.






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