Aprobado reglamento que regulará los programas institucionales en la UCR
Zaida Siles Rojas, Periodista
Los programas institucionales se crearán para promover la atención de una situación coyuntural, estratégica y de impacto para el país. (Imagen con fines ilustrativos, Taller de teatro, PIAM. Foto: Laura Rodríguez)
El Consejo Universitario aprobó un reglamento que delimita conceptual, estructural y organizativamente la figura de "programa institucional” en la Universidad de Costa Rica (UCR).
La normativa fue dictaminada por la Comisión de Investigación y Acción de este Órgano Colegiado, y viene a ordenar una modalidad de trabajo que ha venido utilizando la Universidad desde hace muchos años y que no estaba amparada a una norma, ni era parte de la estructura organizacional de la Institución.
El nuevo reglamento define el programa institucional como una estructura organizacional temporal compuesta por proyectos y actividades de un núcleo temático, que une esfuerzos para coordinar actividades de carácter multi, inter y transdisciplinar, con el fin de generar procesos académicos de incidencia estratégica nacional o internacional, en las tres áreas sustantivas de la UCR.
También establece que este tipo de programa tendrá una vigencia mínima de cuatro años, prorrogable por un periodo igual, a la vez que deberá responder a las políticas institucionales y nacionales de pertinencia social y académica.
Asimismo, la norma determina que todo programa institucional estará adscrito a la Rectoría, pero las cargas académicas deben ser aportadas por las unidades académicas base de las personas participantes, como parte de sus jornadas ordinarias. Lo que se pretende es que estos programas no dupliquen ni sustituyan estructuras existentes, al mismo tiempo que se optimicen los recursos humanos, monetarios y materiales (capacidad instalada) que posee la Institución.
El reglamento, publicado en el Alcance a La Gaceta Universitaria 34-2023 del 16 de junio, regula aspectos en relación con la convocatoria para la presentación de propuestas de programa institucional, los requisitos que deben cumplir dichas propuestas, la forma cómo la Rectoría hará la selección, así como la evaluación y seguimiento de los programas.
La normativa también contiene un transitorio para que los programas o proyectos de la Universidad que han venido utilizando la denominación de “programa institucional” deberán eliminar esta nomenclatura de su nombre, en un plazo máximo de doce meses a partir de la publicación del reglamento.