ene29
2020

Aprueban presupuesto de la UCR con ajustes para el 2020

Zaida Siles Rojas, Periodista
El Consejo Universitario sesionó de manera extraordinaria para aprobar el ajuste al presupuesto institucional. Foto: Andrea Jiménez

El Consejo Universitario sesionó de manera extraordinaria para aprobar el ajuste al presupuesto institucional. Foto: Andrea Jiménez

El Consejo Universitario aprobó este martes 28 de enero, en sesión extraordinaria, el presupuesto ordinario de la Universidad de Costa Rica (UCR) ajustado para el 2020, por un monto de ¢291.333.446.794,99 (doscientos noventa y un mil trescientos treinta y tres millones cuatrocientos cuarenta y seis mil setecientos noventa y cuatro colones con noventa y nueve céntimos) lo que representa ¢69,000 millones menos del presupuesto original aprobado en setiembre del año pasado.

El ajuste obedece a que, en diciembre, la Contraloría General de la República archivó, sin trámite, el presupuesto inicial presentado por la UCR para el 2020, por no cumplir con el requisito de presentar la certificación de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP), la cual garantiza el cumplimiento de la regla fiscal, establecida por la Ley N.° 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

En atención a lo dispuesto por la Contraloría General de la República, la Administración Universitaria ajustó el Plan-Presupuesto para el año 2020, tomando como base el presupuesto total del año 2019 y lo presentó ante el Consejo Universitario para su aprobación.

Las diferencias entre la propuesta original de presupuesto para el 2020 y el presupuesto ajustado serán atendidas mediante presupuestos extraordinarios.

A raíz de la no aprobación de los presupuestos presentados por las universidades públicas, el Consejo Nacional de Rectores (CONARE), en el oficio OF-CRN-312-2019, del 4 de diciembre de 2019, planteó una serie de observaciones a la Contraloría General de la República, mediante las cuales manifestó que la solicitud de aportar una certificación emitida por la STAP, invocando razones de legalidad, constituye una clara violación a los artículos 78, 84 y 85 de la Constitución Política.






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