jun13
2014

Consejo Universitario a favor de reforma a la Ley de Protección al Trabajador

Eugenio Quesada Rivera, Periodista
El Consejo Universitario tomó en consideración que la reforma permitiría obtener mayores rendimientos de los recursos invertidos, lo cual generará ganancias al trabajador. (Foto: Andrea Jiménez)

El Consejo Universitario tomó en consideración que la reforma permitiría obtener mayores rendimientos de los recursos invertidos, lo cual generará ganancias al trabajador. (Foto: Andrea Jiménez)

El Consejo Universitario recomendó a la Asamblea Legislativa la aprobación de la propuesta denominada Reforma a la Ley de Protección al Trabajador N.° 7983. Este proyecto de ley pretende reformar el inciso c) del artículo 60 y derogar el artículo 62 de esta norma.

De ser aprobada esta reforma, podría invertirse hasta un 25% del activo del fondo de capitalización laboral mediante un fideicomiso de la banca nacional, lo cual procura expandir el sistema financiero, aportar en la construcción de obras públicas e incrementar el rendimiento del aporte de los trabajadores.

Hasta ahora, el inciso c del artículo 60 señala que estos recursos solo pueden ser invertidos en valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios o en valores emitidos por entidades financieras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

Con la derogación del artículo 62, se limitarían las inversiones en mercados y títulos extranjeros. El Órgano Colegiado consideró que el proyecto es beneficioso porque corrige deficiencias que posee actualmente la Ley, como invertir hasta un 50% de los fondos, inclusive en actividades financieras en el extranjero, lo que podría promover acciones ilícitas.

Para tomar su decisión, el plenario tomó en cuenta que el proyecto define controles orientados a garantizar la seguridad del fondo y la tranquilidad de los trabajadores, tales como autorizar el uso de un 25% del fondo, la obligatoriedad de hacer la inversión en la banca estatal, que tiene la supervisión de la Sugef y los recursos deben colocarse en inversiones del Estado y no en la banca privada o en el extranjero.

También, recomendó incluir una definición de lo que se entenderá como inversión en obra pública, establecer claramente que este tipo de fideicomiso se orientará a la creación de obras públicas estratégicas e introducir otras formas de inversión, siempre que garanticen la transparencia y los mecanismos de control y seguridad que sean necesarios.

El Consejo emitió el criterio en la sesión N.° 5808, del pasado 15 de mayo.






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