sep25
2024

El 2025 será el año del VIII Congreso Universitario

María del Mar Izaguirre Cedeño, Periodista
El Consejo Universitario declaró el 2025 como el año del VIII Congreso Universitario e instó a la Rectoría a declarar de interés institucional, las actividades propias para desarrollar este encuentro. (Foto, Rafael León, OCI)

El Consejo Universitario declaró el 2025 como el año del VIII Congreso Universitario e instó a la Rectoría a declarar de interés institucional, las actividades propias para desarrollar este encuentro.(Foto, Rafael León, OCI)

Con el propósito de garantizar el éxito del VIII Congreso Universitario, que se realizará el próximo año en la Universidad de Costa Rica, el Órgano Colegiado, por acuerdo de su sesión n.o 6837, del jueves 19 de setiembre anterior, declaró el 2025 como el año del VIII Congreso Universitario e instó a la Rectoría a declarar de interés institucional las actividades propias para desarrollar este encuentro.

Para el Consejo Universitario este Congreso será un espacio para analizar y reflexionar sobre las necesidades existentes en la Universidad, así como para definir las líneas de orientación sobre las que deben centrarse las acciones para lograr una nueva forma de gestionar los grandes temas de la academia. Según su director, Dr. Jaime Caravaca Morera, “el VIII Congreso tiene la enorme responsabilidad de asumir una postura que conduzca a las grandes transformaciones que requerimos como Universidad en un momento clave como el actual”.

El Congreso Universitario es un órgano de carácter deliberativo que se convoca cada diez años por acuerdo del Consejo Universitario o de la Asamblea Colegiada Representativa y le corresponde conocer los asuntos que le proponga la Comisión Organizadora. A la fecha, esta instancia ya remitió el cronograma de actividades y los temas por tratar, así como el Reglamento, el cual será analizado en el mes de noviembre en el seno de la Asamblea Colegiada Representativa.

En los próximos días se realizará la convocatoria oficial y la especificación del tema general que llevará el Congreso, mediante una propuesta de dirección según lo estipulado en el artículo 30, inciso i), del Estatuto Orgánico.






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