En consulta reforma al Régimen de beneficios para el mejoramiento académico de los profesores y funcionarios en servicio
Gustavo Arias Retana, Periodista
Con la propuesta de reforma reglamentaria se pretende satisfacer las necesidades de los diferentes sectores cubiertos por este régimen. (Foto: http://www.corbis.com)
El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) envió a consulta la Reforma Integral al Reglamento del Régimen de beneficios para el mejoramiento académico de los profesores y funcionarios en servicio.
La propuesta se publicó en el Alcance a La Gaceta Universitaria 4-2010. La reforma pretende agilizar los procedimientos para otorgar las becas al exterior, definidos en la normativa aplicada por la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa de la Universidad de Costa Rica.
La modificación surgió a partir de la petición que realizó el Consejo Universitario a la Rectoría, en julio del 2006, para que presentara una propuesta de actualización e integración de la normativa relacionada con el régimen de beneficios para el mejoramiento del personal académico y administrativo de la Institución, el cual no se actualiza integralmente desde 1975.
Los cambios son fundamentales, según el Órgano Colegiado, pues las unidades académicas tienen un porcentaje importante de sus profesores en edad de jubilarse, y requieren un reglamento que agilice el otorgamiento de becas al exterior, para el reemplazo de docentes de posgrado.
Entre los cambios que se incorporan está el nombre del reglamento, el cual pasaría a llamarse Reglamento del régimen de beneficios para el mejoramiento académico en el exterior de los profesores y funcionarios administrativos en servicio. Además, se incorporan las becas de corta duración y los contratos de prestación futura de servicios, así como las becas de posgrado al exterior reguladas en el reglamento vigente.
También se elimina lo referente a las becas SEP-CONARE y se define claramente las competencias del Sistema de Estudios de Posgrado en la evaluación académica de la persona candidata a beca.
La comunidad universitaria cuenta con 30 días hábiles para plantear sus observaciones en relación con esta reforma reglamentaria.