may 9
2024

Reforma integral al Reglamento de residencias para la población estudiantil está en consulta

Fiorella Ulloa Retana, Consejo Universitario
Las modificaciones que se realicen al Reglamento del beneficio de residencias para la población estudiantil aplicarán a todas las sedes y recintos de la Universidad. (Foto: Andrea Jiménez, CU)

Las modificaciones que se realicen al Reglamento del beneficio de residencias para la población estudiantil aplicarán a todas las sedes y recintos de la Universidad. (Foto: Andrea Jiménez, CU)

Teniendo en consideración los requerimientos y necesidades actuales de la población becaria de la Universidad de Costa Rica (UCR), el Consejo Universitario sacó a consulta una reforma integral al Reglamento del beneficio de residencias para la población estudiantil.

El documento que fue publicado en el Alcance a La Gaceta Universitaria 24-2024 tiene como propósito actualizar la normativa y permitir a esta casa de estudios superiores realizar algunas modificaciones a los beneficios que se otorgan al estudiantado que hace uso de las residencias, más allá de la clara necesidad de alojamiento.

La normativa vigente fue aprobada en septiembre de 2004 y desde entonces ha sido modificada de manera puntual solo en dos oportunidades, por lo que la conformación de este Órgano Colegiado consideró pertinente realizar un análisis profundo que contara con una visión integral, para lo cual conformó una comisión en la que participaron: estudiantes residentes de sedes, miembros del movimiento estudiantil, personas encargadas de residencias en sedes y recintos, funcionarias del área de beneficios estudiantiles de la Oficina de Becas y Atención Socioeconómica y del área administrativa de Residencias, así como una representante del Comité de Atención Integral.

Para el Consejo Universitario, es de suma importancia que esta norma esté en concordancia con los principios institucionales y asegure las medidas idóneas para que todas las personas, especialmente, aquellas con discapacidad, sean tratadas con dignidad y respeto.

El beneficio de alojamiento contemplado en el Reglamento está dirigido a estudiantes con categoría de beca 4 o 5 procedentes de un grupo familiar que reside en zonas alejadas al centro de estudio, y cuenta con dos modalidades: reubicación geográfica, que consiste en un subsidio económico para apoyar el pago de alquiler durante el año lectivo y residencias estudiantiles que son inmuebles propios o alquilados por la Universidad, que brindan alojamiento a la población residente.

Las personas interesadas en enviar sus observaciones con respecto a esa modificación reglamentaria tienen tiempo hasta el 20 de mayo y lo pueden hacer a través de la dirección: https://consultas.cu.ucr.ac.cr/






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