Proyectos de ley en estudio
La Universidad de Costa Rica, por medio del Consejo Universitario, debe emitir criterio sobre los proyectos de ley que la Asamblea Legislativa le envía a consulta, en acatamiento del artículo 88 de la Constitución Política.
Encuentre aquí los proyectos de ley que este Órgano Colegiado tiene en estudio.
Proyecto de Ley | Objeto de la Ley | Asamblea Legislativa |
---|---|---|
Incentivo para la protección de la biodiversidad marino-costera | El objetivo de esta ley es la transformación del subsidio de asistencia socioeconómica para pescadores en periodo de veda contemplado en la Ley de Pesca y Acuicultura, N.° 8436 a un pago por servicios ecosistémicos marino-costeros. Entre los principales cambios que propone esta reforma, es el destino de los fondos, los cuales actualmente los capta INCOPESCA, y con la nueva propuesta pasarían al MINAE, asimismo; se propone que estos fondos que actualmente se destinan a favor del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), con el propósito de desarrollar programas de asistencia socioeconómica a favor de los pescadores afectados en los períodos de veda, con esta propuesta legislativa; los beneficiarios de este fondo serían pescadores artesanales, asociaciones, cooperativas y pequeñas empresas de pescadores artesanales, asociaciones de deportistas con actividades asociadas al mar, operadores de turismo de pesca deportiva y grupos organizados dentro de comunidades costeras que realicen actividades relacionadas con la restauración, conservación y uso sostenible de los recursos marinos. | Expediente N°. 23.555 |
Ley de creación del Fondo Azul de los servicios ecosistémicos marino-costeros para la conservación y el desarrollo económico de las zonas costeras | Crear el Fondo Azul de los servicios ecosistémicos marino-costeros para la conservación y el desarrollo de las zonas costeras (Fondo Azul) y definir su estructura legal, financiera y operativa para otorgar pagos a proyectos que mediante acciones de conservación, uso sostenible, restauración investigación, recuperación y generación de capacidades, permitan conservar o incrementar los servicios ecosistémicos del mar y de los recursos marinos y costeros y mejorar las condiciones de vida de los beneficiarios de los incentivos, especialmente en el caso de las comunidades costeras. | Expediente N°. 23.554 |
Promoción del desarrollo y la competitividad (fusión de ministerios económicos) | La presente ley tiene por objeto fomentar la política económica integral y coherente, para promover la mayor prosperidad y bienestar de todos los habitantes del país. La implementación de esta se realizará por medio de un ministerio denominado Ministerio de Desarrollo Económico y Competitividad (MINDEC) que implicará la fusión de los ministerios encargados de la definición de políticas económicas a saber: el Ministerio de Planificación Nacional, el Ministerio de Hacienda y las funciones en materia de competencia, regulación de la actividad económica y derechos del consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. El propósito de esta articulación e integración de funciones entre ministerios es, fortalecer la rectoría de todas las políticas económicas y fiscales, de manera que se pueda articular en forma mucho más fluida y armónica en favor del crecimiento sostenido y sustentable, la innovación, la generación de empleo y de oportunidades para las personas. | Expediente N°. 23.540 |
Ley para eliminar el pago del timbre del Colegio de Abogadas y Abogados | Eliminar el timbre del Colegio de Abogadas y Abogados, contenido en la Ley N.º 3245 “Crea Timbre del Colegio de Abogados y Reforma Ley Timbre Forense” del 3 de diciembre de 1963. La presente iniciativa expone que con esto, se pretende generar reactivación económica, simplificar trámites, eliminar costos operativos y quitar procesos que se vuelven engorrosos y burocráticos para los ciudadanos, ya que este timbre se ha convertido en una forma tanto de encarecer los diferentes trámites como de beneficiar directamente a un grupo gremial, dado que los profesionales en derecho trasladan el costo de este timbre a los ciudadanos. | Expediente N°. 23.532 |
Ley general de acceso a la información pública y transparencia | El objeto de la presente ley es garantizar que toda persona, física o jurídica, ejerza el derecho de acceso a la información pública y la transparencia de la Administración Pública conforme a las disposiciones de esta ley, los artículos 30 de la Constitución Política, 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos | Expediente N°. 23.514 |
Ley marco para la gestión integrada del recurso hídrico | La presente ley tiene como objeto regular y tutelar el aprovechamiento y el uso sostenible del recurso hídrico continental, insular, marino y aguas subterráneas, por considerarlo un recurso de dominio público e interés social, fundamental para la vida, limitado y vulnerable. | Expediente N°. 23.511 |
Ley de la Cruz Roja Costarricense | La presente ley es de orden público y tiene como finalidad reconocer formalmente el rol auxiliar de la Cruz Roja Costarricense a los poderes públicos en el ámbito humanitario, en su calidad de miembro del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, establecer las condiciones y garantías necesarias para el desarrollo de su quehacer humanitario en situaciones de emergencia, desastre, disturbios interiores, tensiones internas y conflictos armados, así como determinar su relación con el Estado, instituciones autónomas y semiautónomas, entes descentralizados del Estado, municipalidades, organismos internacionales y otros sujetos de derecho privado. | Expediente N°. 23.500 |
Ley sobre derechos en salud sexual y salud reproductiva | Adicionar un nuevo capítulo III al título I del Libro I de la Ley General de Salud N.° 5395, de 30 de octubre de 1973, relacionado con derechos en salud sexual y reproductiva (definiciones y responsabilidades del estado, derechos de todas las personas y derechos de poblaciones particulares). | Expediente N°. 23.493 |
Reforma del inciso c) del artículo 95 del Código de Trabajo, Ley 2 del 27 de agosto de 1943. Modificación a la licencia por paternidad en caso de muerte de la madre para proteger el interés superior de la niñez | Reformar el inciso c) del artículo 95 del Código de Trabajo, Ley 2 del 27 de agosto de 1943 relacionado con la licencia especial posparto en caso de muerte materna, ya que actualmente será otorgada al padre en caso de muerte materna en el parto o durante la licencia. No obstante, no se especifica con claridad si la licencia puede otorgarse a un padre trabajador en el caso de que la madre fallecida no estuviese gozando de la respectiva licencia por no ser persona trabajadora remunerada. Por lo anterior, la propuesta de ley propone que la licencia en caso de muerte de la madre sea aplicable también en caso de que la madre no fuese beneficiaria de la licencia. | Expediente N°. 23.480 |
Reforma al artículo 82 del Código de Trabajo, Ley N.° 2 del 27 de agosto de 1943 y sus reformas. Ley para garantizar el pago de los derechos laborales en los despidos injustificados | El presente proyecto de ley pretende garantizar el efectivo disfrute de los derechos laborales regulados por el artículo 82 del Código de Trabajo, en favor de las personas trabajadoras despedidas alegando falsamente alguna de las causales del despido sin responsabilidad patronal del artículo 81 del mismo Código. Esta propuesta legislativa expone que su principal objetivo es eliminar el incentivo que actualmente permite que algunos patronos obtengan un beneficio económico antijurídico en virtud de las diligencias que opongan o de sus actuaciones injustificadas para atrasar indebidamente el juicio laboral. Así las cosas, con esta iniciativa se pretende la satisfacción de los derechos laborales de la clase trabajadora con un reconocimiento de plazos ajustado a la realidad ante los Tribunales de Trabajo y en procura de una mayor paz social. | Expediente N°. 23.474 |
Ley para la atención integral de la vulnerabilidad social | Reformar la ley de Fodesaf y otras leyes asociadas, con el fin de que las instituciones que reciben financiamiento del fondo puedan ampliar sus criterios de selección de beneficiarios de acuerdo al ámbito de cada una, partiendo del concepto de vulnerabilidad social para atender a la mayor cantidad de población en esas condiciones. | Expediente N°. 23.460 |
Fortalecimiento de la gestión integral de residuos | Reformar la Ley de Gestión Integral de Residuos N.° 8839 del 13 de julio del 2010, estos cambios incluyen el traslado de la rectoría de la gestión integral de residuos del Ministerio de Salud al Ministerio de Ambiente y Energía, elaboración de planes municipales de residuos, periodos de fijación de metas de recolección y valorización, registros de gestores de residuos, exenciones para la importación de residuos, inspecciones, infracciones y sus respectivas sanciones, entre otros aspectos. | Expediente N°. 23.451 |
Creación del Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda | Crear el Ministerio de Territorio, Hábitat y Vivienda como órgano del Poder Ejecutivo, el cual asumirá las funciones y competencias del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y del Banco Hipotecario de la Vivienda, en los términos que establezca la presente Ley. Tendrá la rectoría del sector a cargo de la materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano y vivienda y, junto con la Presidencia de la República, definirá y formulará las políticas públicas y normas en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y asentamientos humanos. Algunos de sus objetivos serán: Promover y ejercer la coordinación e integración regional y subregional, mediante la formulación, revisión e implementación de instrumentos de ordenamiento territorial y de proyectos estratégicos en las distintas regiones, asimismo; promover una visión integral de hábitat que incorpore el acceso a suelo urbanizado, a servicios básicos y equipamientos públicos debidamente habilitados, así como el derecho a la ciudad, el cual se deriva del derecho constitucional a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. | Expediente N°. 23.450 |
Ley para la regulación de los eventos masivos | La presente ley tiene por objeto regular los eventos en el territorio nacional y, a su vez, establecer las reglas, procedimientos y obligaciones que deben cumplir las personas organizadoras y/o productoras, las agencias tiqueteras o plataformas de pago en resguardo de los intereses de los consumidores y de la hacienda pública. | Expediente N°. 23.446 |
Ley para fortalecer los mecanismos de protección de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia en la política mediante una reforma y adición a la Ley N.° 10.235 de 17 de mayo de 2022 | Se plantea la reforma de varios artículos de la Ley N.° 10.235 denominada Ley de la protección contra la violencia de las mujeres en la política, así como la adición de nuevos artículos, que se consideran relevantes y necesarios para fortalecer los mecanismos de protección, identificados así por las propias organizaciones sociales que se dieron a la tarea de generar esta propuesta de ley, estos artículos están relacionados con la interpretación del régimen jurídico de la presente ley, ámbito de aplicación de la ley, medidas cautelares, procedimiento interno de atención de denuncias, entre otros aspectos. | Expediente N°. 23.443 |
Ley de transformación del Instituto Mixto de Ayuda Social en el Instituto de Desarrollo Humano e Inclusión Social | Diseñar una institucionalidad social con una planificación estratégica y de largo plazo, evitando la fragmentación de la política social y uniendo esfuerzos institucionales dispersos para combatir la pobreza, la desigualdad y la exclusión social, tutelando el respeto a los derechos humanos de las personas. Lo anterior, a través de la transformación del Instituto Mixto de Ayuda Social en el Instituto de Desarrollo Humano e Inclusión Social (IDHIS), el cual será un ente autónomo, con personalidad jurídica propia. Asimismo, se transforma el Patronato Nacional de Ciegos (PANACI), el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) y el Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad (CONAPDIS) como instancias internas del Instituto de Desarrollo Humano e Inclusión Social (IDHIS). | Expediente N°. 23.436 |
Ley para la eliminación del cáncer de cérvix en Costa Rica | La presente ley tiene por objeto impulsar la eliminación del cáncer de cérvix, mediante la promoción, prevención, atención e investigación de este. | Expediente N°. 23.430 |
Ley para combatir la contaminación ambiental por colillas de cigarro y reformas a la Ley general del control del tabaco y sus efectos nocivos N.° 9028 | El presente proyecto de ley pretende que el Ministerio de Educación, en coordinación con las entidades públicas vinculadas con el ambiente, elabore y difunda información, programas educativos e investigaciones sobre la prevención, control y efectos de las colillas de cigarro en el ambiente. Además, la presente iniciativa propone la declaratoria de las colillas de cigarro como residuos de manejo especial; normas sobre el etiquetado de los productos de tabaco, sitios prohibidos para fumar y sanciones sobre el incumplimiento del correcto etiquetado. | Expediente N°. 23.428 |
Reforma al artículo 18 del Código de Trabajo, Ley N.°2 del 27 de agosto de 1943. Ley para garantizar los derechos laborales de las personas prestadoras de servicios de reparto mediante plataformas digitales | La presente iniciativa de ley pretende reformar el artículo 18 del Código de Trabajo para introducir la presunción de laboralidad en las actividades de reparto que prestan personas trabajadoras a favor de otras personas, físicas o jurídicas, que gestionan su actividad empresarial mediante la figura de la plataforma digital. | Expediente N°. 23.417 |
Ley de armonización del Sistema Eléctrico Nacional | La presente ley tiene por objeto impulsar la modernización del Sistema Eléctrico Nacional, buscando la eficiencia del sistema, promoviendo el aprovechamiento de las nuevas tecnologías, impulsando el desarrollo de nuevos esquemas de negocios entre agentes para la prestación del servicio público de electricidad, de forma tal que favorezca el crecimiento económico y la productividad del país. | Expediente N°. 23.414 |
Ley para la creación del timbre del Organismo de Investigación Judicial | Creación de un timbre a favor del Organismo de Investigación Judicial, con el objetivo de destinar el monto recaudado para compra de infraestructura inmobiliaria, remodelaciones y construcción, así como de compra de activos y servicios esenciales para la adecuada operación institucional, adquisición de equipo policial, compra de mobiliario, compra de activos y de servicios (licencias, software etc.), equipo e insumos especializados para uso en Medicina Legal y Laboratorio de Ciencias Forenses, y hasta un 25% de lo recaudado para el aumento de plazas de personal cuando así lo requiera un estudio técnico. El timbre tendrá carácter de requisito legal obligatorio para la presentación de demandas de cobro judicial que se presenten ante los juzgados competentes. | Expediente N°. 23.411 |
Ley de procedimientos de cobro en sede notarial | La presente ley tiene por objeto la regulación del procedimiento que deberán seguir las partes y los notarios públicos en los procesos de cobro que se tramiten en sede notarial. Entre otros aspectos, se abarcan en el proyecto de ley los procedimientos que pueden ser tramitados en sede notarial, disposiciones a las que están sujetos los notarios que realicen estos trámites, apelaciones, honorarios, prohibiciones y; registro y custodia de expedientes. | Expediente N°. 23.410 |
Creación del cantón XVII de la provincia de Alajuela, Peñas Blancas | Creación del cantón decimoséptimo de la provincia de Alajuela, con el nombre de Peñas Blancas, cuyo territorio comprende el distrito actual de Peñas Blancas del cantón de San Ramón. Lo anterior, con el fin de fortalecer la administración, aspectos socio-económicos y otros avances que beneficien el desarrollo de esta región. | Expediente N°. 23.406 |
Reforma de la Ley de tránsito y del Código Penal para mejorar la eficacia de la legislación en materia de control de alcohol y drogas en la conducción | Materializar pruebas de detección a través de la fijación de un mecanismo de detección de drogas en el cuerpo del infractor, cuyo procedimiento consiste en la toma de muestra mediante saliva y avanzar sobre los simples signos externos de comportamiento, para así poder demostrar la presencia de drogas en el conductor. | Expediente N°. 23.405 |
Reformas para promover coordinación de ayudas sociales en la gestión municipal | Reformar los artículos 57 inciso a) y 71 de la Ley N.° 7794, Código Municipal, y sus reformas, relacionados con las funciones de los concejos de distrito y disposiciones que rigen las donaciones realizadas por las municipalidades. | Expediente N°. 23.404 |
Cierre del Consejo Nacional de Producción y Transformación del Programa de Abastecimiento Institucional en la Promotora de Comercio Agropecuario de Costa Rica | Los fines de esta ley son los siguientes: 1-Instruir el procedimiento legal para convertir el Programa de Abastecimiento Institucional (PAI), en adelante “el programa”, perteneciente al Consejo Nacional de Producción (CNP), en la Promotora de Comercio Agropecuario de Costa Rica (Proagro), cuyos fines estarán detallados en el apartado correspondiente de esta ley. 2-Autorizar y definir el procedimiento y los medios legales del proceso de cierre y liquidación del Consejo Nacional de Producción (CNP) creado por la Ley N.° 2035 Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción, del 17 de julio de 1956 y sus reformas, para su cierre ordenado y el fin de sus proyectos y actividades pendientes. 3-Decretar la apertura del monopolio de la Fábrica Nacional de Licores, adelante la Fanal y modificar la naturaleza jurídica de dicha fábrica para su adecuado funcionamiento. | Expediente N°. 23.402 |
Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), y del Sector Agropecuario, Pesquero y Rural | Establecer como parte de la Administración Pública y bajo la dirección del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Sector Agropecuario, Pesquero y Rural, que incluye el subsector acuicultor. Estos tendrán como objeto: a) Asegurar una instancia institucional idónea para la dirección, planificación, coordinación, ejecución, control y evaluación de las actividades públicas, como apoyo al desarrollo y protección de las actividades agropecuarias, pesqueras y rurales en el ámbito nacional. b) Fortalecer, unificar y agilizar el sistema de dirección y planificación nacional, así como coadyuvar a la coordinación de las actividades del Poder Ejecutivo y de las instituciones descentralizadas, con miras a lograr un sector creador y distribuidor de riqueza, innovador en el uso de los mejores avances tecnológicos para la actividad agropecuaria, participativo, con vocación de servicio, inclusivo y basado en el desarrollo sostenible. El Sector Agropecuario, Pesquero y Rural estará dirigido y coordinado por el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Agricultura y Ganadería, de acuerdo con las atribuciones establecidas en esta Ley. | Expediente N°. 23.397 |
Reforma de la Ley N.° 7210, Ley de régimen de zonas francas, de 23 de noviembre de 1990, y sus reformas, para establecer centros de estudio e investigación en las zonas francas | Facultar a las corporaciones para que puedan establecer convenios de estudio e investigación con las universidades estatales y privadas de Costa Rica y con los diferentes centros de estudio o investigación para que impartan los cursos y el acompañamiento técnico, académico o científico, que las empresas requieran a sus trabajadores, con el objetivo de que promuevan la aplicación de nuevas tecnologías, además del desarrollo empresarial buscando con ello innovación en diversos campos que puedan ser importantes a nivel nacional e internacional, en el área de desarrollo sostenible, médica, científica u otros, de manera que los trabajadores y sus empresas aspiren con sus invenciones a tener esa proyección internacional que les genere un plus. | Expediente N°. 23.395 |
Reforma de la Ley general de la administración pública para eliminar la transcripción literal de las actas de los Órganos Colegiados | Reformar el inciso a) del artículo 50 y el párrafo b) del artículo 56 de la Ley N.º 6227, de 2 de mayo de 1978, denominada Ley general de la administración pública, dichos incisos están relacionados con la grabación de las sesiones de los órganos colegiados, levantamiento de las actas correspondientes, publicidad y acceso ciudadano a estos registros; así como elementos importantes que debe contener el acta como tal. | Expediente N°. 23.394 |
Adición de un inciso l) al artículo 70 del Código de trabajo, Ley N.°2 de 27 de agosto de 1943, y sus reformas, para conciliar los deberes familiares con los laborales | Adicionar un inciso l) al artículo 70 del Código de Trabajo, Ley N.° 2, de 27 de agosto de 1943, relacionado con prohibiciones a los patronos, respecto a la negación del permiso para ausentarse del lugar de trabajo, a las personas trabajadoras con responsabilidades familiares, cuando estas deban acompañar a sus hijos e hijas, u otros miembros de su familia directa, que ocupen de su auxilio, en el acceso de los servicios médicos. Asimismo, el artículo expone que tampoco podrá rebajársele su salario por tal motivo, siempre que la persona trabajadora demuestre con el comprobante respectivo, que asistió al servicio de salud pertinente. | Expediente N°. 23.389 |
Modificación de los párrafos quinto y sexto del transitorio al artículo 148 de la Ley N.°2, Código de trabajo, de 27 de agosto de 1943 y sus reformas, adicionado mediante Ley N.° 9875 del 16 de julio de 2020, 'Traslado de los feriados a los lunes, con el fin de promover la visita interna y el turismo durante los años 2020 al 2024' | Trasladar el disfrute de los días feriados 11 de abril y 25 de julio de 2023, se trasladará al lunes inmediato precedente y los mismos días del 2024 para el lunes inmediato siguiente. | Expediente N°. 23.386 |
Desarrollo y construcción de embarcaderos vecinales | Los fines de esta ley son: 1- Crear un marco normativo que permita la construcción de embarcaderos vecinales. 2-Determinar las regulaciones mínimas para la solicitud, construcción, diseño y uso de los embarcaderos vecinales. 3-Establecer quiénes pueden solicitar la declaratoria de interés para construir un embarcadero vecinal. 4-Autorizar el otorgamiento de concesiones para la construcción de un embarcadero vecinal. | Expediente N°. 23.358 |
Reforma del punto 1 del artículo 37 de la Ley general de la administración pública. Ley N.° 6227 del 02 de mayo de 1978. Ley para la publicidad de las sesiones del Consejo de Gobierno | Modificar el artículo 37 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227, del 02 de mayo de 1978 y sus reformas, a fin de garantizar que las sesiones del Consejo de Gobierno sean públicas y accesibles para todas y todos los ciudadanos. | Expediente N°. 23.345 |
Declaración del Acta de Independencia como símbolo patrio | Declarar el Acta de Independencia como símbolo patrio de Costa Rica. | Expediente N°. 23.338 |
Declaración de la campana de la libertad como símbolo patrio | Declarar la Campana de la Libertad como símbolo patrio de Costa Rica. | Expediente N°. 23.337 |
Ley de venta del conglomerado financiero Banco de Costa Rica | Los objetivos principales del proceso integral de la venta del BCR son: a) Optimizar el precio de venta, considerando que este sea ajustado con base al mercado. b) Impulsar la continuidad inmediata, posterior a la venta de sus activos, del BCR como entidad bancaria privada. c) Fomentar que, en el futuro el Banco de Costa Rica Sociedad Anónima se dedique a realizar operaciones y negocios productivos, seguros y sólidos de modo que genere rentas gravables; que mejore los servicios bancarios para beneficio de los costarricenses y que contribuya al desarrollo de la economía de Costa Rica y a la prosperidad de sus habitantes. d) Fortalecer las finanzas públicas a través del uso de los recursos obtenidos de la venta de los activos, pasivos, marca y sociedades subsidiarias del BCR para la amortización y disminución de la deuda pública, esto, evaluando la capacidad y planes de continuidad del eventual comprador o eventuales compradores. | Expediente N°. 23.331 |
Ley a favor del Servicio Nacional de Guardacostas. Reforma del artículo 36 de la Ley N.° 8000, creación del Servicios Nacional de Guardacostas, de 5 de mayo de 2000, y sus reformas | Robustecer la Ley N.° 9579, “Ley para el Aprovechamiento de las Embarcaciones y otros Bienes Navales Incautados al Crimen Organizado”, con el fin de generar un marco normativo que permita generar mayores acciones en beneficio del Servicio Nacional de Guardacostas. | Expediente N°. 23.329 |
Adición de un artículo 19 bis a la Ley general sobre el VIH-SIDA, N.° 9797, de 2 de diciembre de 2019, y sus reformas, para establecer el Día Nacional de la prueba del VIH | Declarar el 27 de junio como Día Nacional de la Prueba del VIH, esta fecha tendrá como objetivo la concientización en materia de prevención del VIH y otras enfermedades de transmisión sexual (ETS), así como de los derechos de la población con condición de salud y la difusión de información científica y oportuna sobre el tema. | Expediente N°. 23.317 |
Reforma de la Ley N.° 7052, Ley del Sistema Financiero Nacional para la vivienda y creación del BANHVI, para reformar el Fondo Nacional de Vivienda y promover el acceso a vivienda para la clase media | Brindar incentivos y facultar al Fonavi a invertir en otros mecanismos es que se pretende acceder a fondos que permitan fomentar la construcción de viviendas de clase media y cumplir con los siguientes objetivos: Primeramente, reducir el déficit habitacional por medio de una ampliación del acceso a recursos y facilidades de acceso en moneda local, del mismo modo como un segundo objetivo es ser una verdadera fuente de reactivación de la economía, así como de la generación de oportunidades de empleo para mano de obra no calificada y finalmente, un tercer objetivo es promover el desarrollo del mercado de capitales en el país, así como la diversificación de los portafolios de inversiones de los inversionistas institucionales. | Expediente N°. 23.312 |
Ley para garantizar la incorporación de la persona joven en la gobernanza pública | Garantizar una adecuada participación protagónica de las personas jóvenes en órganos de decisión y en espacios de representación importantes que están ligados a la institucionalidad, para involucrarlos en su desarrollo, en la toma de decisiones y mejora de calidad de vida. | Expediente N°. 23.309 |
Creación del Programa de reinserción social y laboral de personas con cáncer y sobrevivientes de esta patología | La presente ley crea y regula el Programa Reinserción Social y Laboral de Personas con Cáncer y sobrevivientes de esta patología, el cual tendrá como objeto la atención de estos beneficiarios, que requieran apoyo como una opción formativa, ocupacional, laboral y de pequeños emprendimientos, para el desarrollo de conocimientos, habilidades y destrezas, que les permitan alcanzar la reinserción social y laboral en los procesos socio productivos del país. Los beneficiarios podrán accesar a este programa de manera individual o por medio de organizaciones no gubernamentales (ONG) sin fines de lucro que se dediquen a este tema. | Expediente N°. 23.306 |
Ley para limitar los aumentos en los alquileres de viviendas de menor valor. Reforma al artículo 67 de la Ley general de arrendamientos urbanos y suburbanos (inquilinato), Ley N.° 7527 del 10 de julio de 1995 y sus reformas | El objetivo del presente proyecto de ley es considerar un escenario de alta inflación como el que se vive actualmente aunado a aumentos conservadores sobre los ingresos de los hogares, por lo que se plantea un reajuste a los precios de alquileres de vivienda mediante la reforma artículo 67 de le Ley general de arrendamientos urbanos y suburbanos. | Expediente N°. 23.301 |
Fondo de protección contra el precio de los combustibles | La presente ley tiene por objeto la creación del Fondo de Protección contra el Precio de los Combustibles (FPC), el cual estará adscrito al Ministerio de Hacienda y funcionará como un mecanismo de estabilización precios y de protección para el consumidor frente a las variaciones en el costo de los combustibles. Además, podrá utilizarse para cubrir los costos que impliquen la realización de proyectos de desarrollo e inversión en infraestructura vial. | Expediente N°. 23.298 |
Ley de Ciberseguridad de Costa Rica | Esta ley tiene como objeto crear el marco jurídico para la regulación, el resguardo y protección de la seguridad cibernética de las infraestructuras de tecnologías criticas del país en la Administración Pública, así como establecer las acciones, requerimientos y la gobernanza necesarios para: a) Consolidar una política transversal y una estrategia nacional de ciberseguridad que identifique los ejes estratégicos y unifique los esfuerzos del país en esta materia. b) Proteger la disponibilidad, integridad y confidencialidad de los sistemas de información, las redes y los datos que se generan, almacenan y transmiten por dichos sistemas y redes de todos los habitantes del país. c) Coordinar la atención y respuesta a los incidentes de ciberseguridad que afecten al sector público y a las infraestructuras críticas de información. d) Incrementar la resiliencia de las organizaciones públicas del país y de los operadores de infraestructuras críticas de información, frente a las amenazas e incidentes de seguridad del ciberespacio. e) Gestionar y mitigar de forma adecuada los riesgos de seguridad de los sistemas de información, redes y activos informáticos. f) Promover la coordinación, cooperación, inteligencia y el intercambio seguro de información relevante sobre amenazas cibernéticas y ciberseguridad, entre las instituciones del Estado, los distintos sectores de la sociedad y organismos internacionales. g) Garantizar la seguridad cibernética, asegurar la soberanía del ciberespacio, la seguridad nacional y los intereses públicos, proteger los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones, y promover el sano desarrollo de la tecnología de la información en los sectores económico y social. | Expediente N°. 23.292 |
Reforma del artículo 61 de la Ley N.° 7169, Promoción, desarrollo científico y tecnológico y creación del MICYT (Ministerio de Ciencia y Tecnología) de 01 de agosto de 1990 | Reformar el artículo 61 de la Ley N.° 7169, Promoción Desarrollo Científico y Tecnológico y Creación del Micyt (Ministerio de Ciencia y Tecnología), para que entre otros aspectos, la organización de los colegios científicos cuente con una estructura mínima que incluya un consejo académico, una junta administrativa y un ejecutivo institucional, cuyas funciones específicas se definan mediante reglamento. Adicionalmente, el Estado los financiará mediante recursos del Presupuesto Nacional. De igual forma, los colegios científicos tendrán personalidad jurídica propia y se regirán por las disposiciones de este capítulo y por el reglamento que al efecto dicte el Ministerio de Educación Pública y por el Convenio respectivo. | Expediente N°. 23.283 |
Ley para incentivar la reactivación del sector cultura y la atracción de producciones fílmicas y musicales fuera de la GAM | Adicionar nuevos incisos d) y e) al artículo 2 de la Ley N.° 10.234 de la Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para promover la atracción de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM), en los que se incluye entre otros elementos, nuevas definiciones, como son los conceptos de industrias fílmicas e industria musical. Del mismo modo, las hace partícipe de beneficios incluidos en dicha ley como tratamiento fiscal de las industrias de esta índole que estén ubicadas en determinadas categorías, entre otros aspectos. | Expediente N°. 23.265 |
Ley para simplificar el trámite administrativo para la obtención de la licencia de conducir | Reformar tres artículos de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N.° 9078, de 4 de octubre de 2012, que pueden incidir en una mejora del trámite de la licencia. Entre otros aspectos, la reforma del artículo 80 de esta ley referido a la especificidad del examen práctico, pretende hacer más transparente el procedimiento abriendo la posibilidad de que “empresas debidamente autorizadas públicas o privadas” que cumplan con los requisitos establecidos en esta ley y su reglamento, puedan brindar el servicio. Igualmente, en esta disposición se autoriza al Ministerio de Obras Públicas y Transporte, para crear un fideicomiso de administración y fiscalización para el adecuado funcionamiento, control y fiscalización del servicio. Los recursos que ingresen por estas pruebas, establecerán mejoras en la prestación del servicio, control de fiscalización, buscando garantizar un funcionamiento eficiente, transparente y ético. Con respecto a la modificación del artículo 219 sobre la autorización de cursos, se establece que el MOPT, por medio de la Dirección General de Educación Vial y mediante el procedimiento de concesión, puede autorizar a los centros educativos públicos y privados para que impartan el curso básico de Educación Vial y el curso para infractores. Y finalmente, la modificación al artículo 232, sobre fijación de tarifas por cursos y licencias, pretende garantizar su uso eficiente y transparente, los fondos provenientes de las pruebas teóricas y prácticas podrán ser administrados por el fideicomiso que se regula en el artículo 80 que se modifica en esta iniciativa. | Expediente N°. 23.242 |
Ley para el fomento de la cultura de emprendimiento e innovación | El fin de esta ley es fomentar una cultura basada en el emprendimiento y la innovación, impulsando un desarrollo integral de las personas mediante el mejoramiento de sus competencias, capacidades, habilidades y destrezas, que permitan el impulso de emprendimientos para impactar de manera positiva en la generación de ingresos por cuenta propia, el crecimiento económico y la generación de empleos. | Expediente N°. 23.240 |
Ley para eliminar abusos en cobros por mora | La presente ley tiene por objeto regular los cobros que realizan a los deudores las personas físicas o jurídicas, que otorguen financiamiento a un tercero por concepto de pago de obligaciones fuera de la fecha de su vencimiento. | Expediente N°. 23.237 |
Reforma parcial del artículo 16 de la Ley N.° 5525, Ley de planificación nacional, del 02 de mayo de 1975 | El objetivo fundamental de esta reforma al artículo 16 de la Ley de Planificación consiste en coadyuvar en la labor de los legisladores a través del apoyo técnico por parte de MIDEPLAN, cuando presenten proyectos de ley que creen, modifiquen, fusionen o cierren instituciones del sector público costarricense, con lo cual se dotaría de mayores elementos técnicos para la valoración y análisis de proyectos de ley de esta naturaleza, mejorando la visión integral del Estado costarricense y reforzando el rol rector del MIDEPLAN sobre el Sistema Nacional de Planificación, avanzando hacia una Administración Pública ordenada, coherente y que sea reflejo del modelo de desarrollo deseado. | Expediente N°. 23.214 |
Ley para facilitar el inicio de emprendimientos productivos | Esta iniciativa busca implementar un cambio en el trámite de forma tal que se pase de un esquema donde la patente es requisito previo para operar a uno donde se le permita al emprendedor iniciar su negocio sin tener que pagar la patente por un periodo de seis meses, siempre que se inscriba ante la Municipalidad correspondiente. Además, plantea eliminar el requisito del permiso de funcionamiento de salud para toda actividad productiva categorizada como parte del Grupo C o riesgo bajo (son aquellos establecimientos que por las características de las actividades que desarrollan, presentan un riesgo sanitario y ambiental bajo, por lo que la integridad de las personas y el ambiente eventualmente no se ven afectados), por cuanto, como lo reconoce el propio reglamento, son actividades que no afectan la integridad de las personas ni del ambiente, haciendo completamente innecesaria la regulación por parte del Estado. En pocas palabras, el objetivo de esta reforma es simplificar la apertura de negocios y concentrar los recursos a la vigilancia y fiscalización de las actividades que verdaderamente tienen una afectación sobre la salud de las personas o el ambiente, dejando libres a aquellas que no generan inconvenientes. | Expediente N°. 23.191 |
Autorización a las cooperativas administradoras de los servicios de acueductos y alcantarillados comunales, para la gestión y operación de los sistemas de acueductos, alcantarillados, saneamiento y tratamiento de aguas residuales. | Establecer un marco jurídico especial donde las cooperativas puedan administrar, construir, operar, mantener y desarrollar sistemas de acueductos, alcantarillados, saneamiento y tratamiento de aguas residuales, y aprovechar racionalmente las aguas necesarias para el suministro a las poblaciones en las comunidades donde operen. | Expediente N°. 23.188 |
Interpretación auténtica del artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092, del 21 de abril de 1998 | Interpretar auténticamente el artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092, de 21 de abril de 1998, esta propuesta expone entre otros aspectos que el gravamen del impuesto sobre la renta será únicamente para los ingresos que resulten de transacciones o contratos cuya fuente esté ubicada en el territorio costarricense. Lo anterior, para brindar seguridad jurídica a los administrados y demás personas que deseen invertir en nuestro país, debido a que esta norma ha sido interpretada de manera amplia por las autoridades administrativas y judiciales y de acuerdo con las facultades que otorga la Carta Magna al legislador, se considera necesaria la presente propuesta. | Expediente N°. 23.187 |
Gobernanza de los servicios digitales y el comercio electrónico | Los fines de esta ley son los siguientes: 1. Fomentar la innovación, inclusión, el crecimiento económico y la competitividad en el mercado digital mediante reglas claras que brinden seguridad jurídica al comercio electrónico y a los contratos celebrados por medios electrónicos. 2. Proteger de manera efectiva a los consumidores, garantizar sus derechos fundamentales frente a los servicios digitales de la sociedad de la información, e incrementar sus posibilidades de decisión y autonomía en el entorno en línea. 3. Establecer un marco de transparencia y rendición de cuentas para las plataformas en línea. | Expediente N°. 23.184 |
Ley para fortalecer el combate a la corrupción mediante la transparencia de los patrimonios y los intereses económicos de las personas jerarcas y funcionarias públicas obligadas a declarar su situación patrimonial | Con esta iniciativa se pretende fortalecer la transparencia, haciendo del conocimiento de toda la ciudadanía información patrimonial de los altos mandos del sector público, de manera que se permita a esa misma ciudadanía identificar los intereses económicos de los altos mandos. Avanzar en materia de transparencia exige que la información vital para poder identificar la corrupción sea absolutamente pública. Por eso es necesario eliminar el carácter de confidencialidad de las declaraciones sobre situación patrimonial de las personas funcionarias públicas obligadas a rendir declaración sobre su situación patrimonial. | Expediente N°. 23.181 |
Simple I: Simplificación de impuestos para levantar la eficiencia y la competitividad fase I | Promover en el corto y largo plazo del cuatrienio en la agenda parlamentaria, una revisión integral del sistema tributario en etapas. En particular, en esta primera etapa se pretende eliminar aquellos impuestos cuyos ingresos generados son nulos, o bien, tan bajos que no dan para cubrir costos razonables de administración y fiscalización, con esto se liberan recursos humanos, informáticos y operativos de la administración tributaria, que se pueden dedicar a fortalecer la fiscalización de impuestos mucho más productivos y aliviar la carga de cumplimiento para los pagadores. | Expediente N°. 23.177 |
Adición de un nuevo artículo 31 bis a la Ley Orgánica del Ambiente, N.° 7554 del 04 de octubre de 1995. Ley para garantizar pasos de fauna en infraestructuras | Esta iniciativa de ley pretende una reforma a la Ley Orgánica del Ambiente con el propósito de garantizar, preservar y tutelar la fauna costarricense así como evitar la muerte accidental de cualquier especie silvestre con la implementación y obligación de construcción de estructuras especiales para el paso seguro en Infraestructura que se deban construir, así como de los caminos e infraestructura ya construida que deberá ser intervenida en razón de promover, respetar y garantizar el fundamental derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, para estos efectos se incorpora un nuevo artículo 31 bis a la ley N°7554, como parte de los instrumentos de ordenamiento territorial, para la concreción puntual de una obligación de establecer estos pasos en las nuevas infraestructuras a realizarse. | Expediente N°. 23.166 |
Reforma del artículo 2 del Banco Central, ley N.° 7558 del 3 de noviembre de 1995, Ley para incorporar el pleno empleo como meta prioritaria del Banco Central | Este proyecto de ley pretende incluir como objetivo prioritario del Banco Central de Costa Rica impulsar el potencial de la economía para aumentar la producción, con el fin de promover el pleno empleo de los recursos productivos. | Expediente N°. 23.165 |
Ley para la construcción, mejora y administración de las paradas de autobús, tren y taxi | El objeto de la presente ley es atender la necesidad de mejora en las instalaciones de espera para los usuarios de transporte público. Para ello se busca normar las condiciones de funcionamiento y atender la construcción de la infraestructura necesaria para que garantice el acceso y las condiciones de funcionamiento óptimas de acuerdo con diseños apropiados y técnicamente elaborados con la más rentable inversión en términos de eficiencia y ahorro de los recursos utilizados, en el marco de la menor afectación de los intereses de los particulares. La seguridad, la comodidad, el financiamiento público-privado, y la multifuncionalidad e interconexión de líneas y servicios serán los principios que fundamenten la prestación de este servicio público. | Expediente N°. 23.162 |
Reforma de la Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios, N.° 9158, de 8 de agosto de 2013 | Son objetivos de la presente ley: 1) Crear el Sistema y regular la función de sus integrantes dentro de este y su articulación como un todo. 2) Garantizar el respeto de los derechos de las personas usuarias respecto de los servicios que reciben de las organizaciones públicas o empresas privadas que brindan servicios públicos, inscritas en el Sistema, por medio del establecimiento de sus derechos. 3) Establecer la obligación de promoción de políticas de calidad en la prestación de los servicios que brindan organizaciones públicas y empresas privadas que brindan servicios públicos, que estén inscritas en el Sistema de conformidad con esta ley, el cumplimiento de los estándares de calidad de los servicios mencionados y de sus procesos de mejoramiento continuo e innovación. 4) Regular las contralorías de servicios de las organizaciones que de conformidad con su naturaleza deban tenerlas o las de las organizaciones que sin obligación legal de tenerlas las inscriban en el Sistema, de conformidad con la presente ley. 5) Establecer procedimientos mínimos para las gestiones de las personas usuarias de los servicios ante las contralorías mencionadas. | Expediente N°. 23.158 |
Ley para ampliar la reducción del impuesto sobre la renta para las nuevas mipymes. Reforma del inciso b) del artículo 15 de la Ley del impuesto sobre la renta, Ley N.° 7092 del 21 de abril de 1988 | El proyecto de ley propone reformar el inciso b) del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N.° 7092. La Ley vigente indica, en dicho inciso, que las personas jurídicas que sean micro, pequeñas y medianas empresas debidamente inscritas ante el MEIC o el MAG, según corresponda, cuentan con una tarifa reducida del impuesto sobre utilidades durante los tres primeros años de su actividad. De esta forma, estas MIPYMES quedan totalmente exoneradas del impuesto sobre utilidades durante su primer año de operación, pagan una cuarta parte de la tarifa el segundo año y la mitad de la tarifa durante el tercer año. | Expediente N°. 23.138 |
Inclusión de cantones de Occidente en incentivos para zonas francas: Reforma del artículo 6 de la Ley N.° 10.234, de 23 de mayo de 2022 | Incluir a los cantones de San Ramón, Grecia, Palmares, Naranjo y Sarchí dentro del beneficio económico relacionado con las cargas sociales y otorgado a las empresas ubicadas dentro de las regiones amparadas a la Ley N.° 10.234 denominada Ley de fortalecimiento de la competitividad territorial para promover la atracción de inversiones fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM). | Expediente N°. 23.137 |
Reforma del inciso d) del artículo 11 de la Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, Ley N.° 9635, de 3 de diciembre de 2018. Ley para proteger y estimular la inversión pública | Se propone una modificación puntual, a la regulación de la regla fiscal contenida en el inciso d) del artículo 11 del título IV de la Ley 9635, para determinar que la limitación de crecimiento del gasto únicamente aplicará para el gasto corriente, no así para el gasto de capital (edificios, carreteras, puentes, equipos de cómputo, etc.). De esta forma, se pretende evitar que resulten afectadas capacidades de inversión indispensables para el desarrollo del país, la reactivación de la economía y la generación de empleo como la construcción de infraestructura pública. | Expediente N°. 23.126 |
Creación del cantón Cóbano | Crear el cantón decimocuarto de la provincia de Puntarenas, que llevará por nombre, Cóbano, cuyo territorio comprende el distrito actual de Cóbano, distrito once del cantón de Puntarenas, elevando a rango de cantón el distrito de Cóbano, que llevará por nombre “Cóbano”, convirtiéndose en el cantón 85 de Costa Rica. | Expediente N°. 23.109 |
Ley de protección de la inversión pública en becas y otras ayudas para la población estudiantil | Adicionar un nuevo inciso al artículo 6 de la ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N.° 9635, de 3 de diciembre del 2018, y sus reformas, en el que quedarían exentas del ámbito de cobertura de dicha ley, instituciones educativas específicas, en lo referente a subsidios, becas o ayudas para estudio o subsistencia de la población estudiantil. | Expediente N°. 23.108 |
Ley para hacer más eficiente la lucha contra la pobreza | La presente ley es de interés público y tiene por objeto ordenar, articular, organizar, coordinar y dirigir el sector social del Estado, en específico en lo referente a la política social selectiva. | Expediente N°. 23.098 |
Autorización al estado para que segregue y done un terreno de su propiedad a la Caja Costarricense de Seguro Social para la construcción del Hospital Universitario de nivel 3 de la región sur de San José | Dotar a la Región Sur de San José de un Hospital Universitario Nivel 3, siendo este un modelo para el desarrollo y mayor bienestar de la ciudadanía de estas comunidades, ajustando a los estándares de modernidad que requiere también el país, cubriendo la demanda de las atenciones médicas de los habitantes de esta región, que tiene una alta densidad poblacional. Se pretende con esta propuesta innovar con un modelo de hospital que permita establecer alianzas y convenios con universidades estatales, para que sus estudiantes y futuros profesionales en el campo de la salud tengan un lugar donde realizar sus pasantías y sus internados, abriendo con esto llevar más opciones para dotar de mayores y mejores herramientas para su profesión a los estudiantes futuros profesionales en medicina. | Expediente N°. 23.086 |
Declaración de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Upala, Guatuso y Los Chiles | Incentivar la atracción de inversión pública y privada en áreas como infraestructura, comercio y hotelería, para la atracción del turismo nacional y extranjero en las zonas antes mencionadas. | Expediente N°. 23.085 |
Reforma parcial del capítulo VI, "Acceso a la información y la comunicación" de la ley N.° 7600, Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de 1996, y sus reformas | El presente proyecto de ley pretende mediante reformas parciales, incluir en el articulado ya dispuesto en la Ley N.° 7600, nuevas disposiciones que respalden todos y cada uno de los derechos de las personas con discapacidad, su acceso real a oportunidades y desarrollo personal, así como a educación, salud y trabajo, sin ser víctimas de discriminación, en la ámbito de acceso a la información y comunicación. | Expediente N°. 23.041 |
Reforma parcial del capítulo VII, "Acceso a la cultura y las actividades recreativas" de la Ley N.° 7600, Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de 1996, y sus reformas | Modificar el capítulo VII “Acceso a la cultura, el deporte y las actividades recreativas”, artículos 54 y 55 de la Ley N.° 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 1996, y sus reformas, relacionados con la accesibilidad a los espacios físicos donde se realicen actividades culturales, deportivas o recreativas, sean estadios, teatros, parques, museos, cines, bibliotecas, lugares turísticos, del mismo modo, considerar actos de discriminación el hecho que se le niegue a una persona participar como espectadora, organizadora, participante directo o protagonistas en actividades culturales, deportivas y recreativas que promuevan o realicen las instituciones públicas o privadas. | Expediente N°. 23.040 |
Reforma parcial del título II, capítulo II "Acceso al trabajo" de la Ley N.° 7600, Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de 1996, y sus reformas | Actualizar algunos términos desarrollados en el capítulo de “acceso al trabajo” de la Ley N.° 7600, con el fin para ajustarlos a las circunstancias actuales, del mismo modo, pretende establecer obligaciones al sector patronal y Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el resguardo de los derechos laborales de la población con discapacidad. | Expediente N°. 23.027 |
Ley para incentivar el consumo y la reactivación económica en Costa Rica | Plantear una serie de medidas relacionadas a una política fiscal expansiva (reducir la recaudación fiscal por medio de una reducción de impuesto) a través del incremento de la “demanda agregada” que consiste en aumentar el consumo en productos específicos con el propósito de incentivar el consumo y la reactivación económica del país. Por lo anterior, se propone entre otros aspectos, una iniciativa de “días sin IVA” que servirá para aumentar la inversión, incentivar el consumo, permitiendo un ahorro al consumidor y por ende, dinamizar la economía. | Expediente N°. 22.997 |
Reforma del artículo 11 de la Ley N.° 1758, de 19 de junio de 1954, Ley de Radio, y sus reformas | Actualizar los montos establecidos en el artículo 11 de la Ley de Radio, en correspondencia con los costos de producción audiovisual nacional, que persigue cuatro objetivos fundamentales: a) Promover e incentivar la producción audiovisual nacional y a todos quienes forman parte de la cadena de valor ya mencionada, conocida en sentido amplio como economía naranja. b) Dotar de recursos al Departamento de Control de Radio para que ejecuten la supervisión y vigilancia adecuada a la pauta comercial y el cumplimiento de las disposiciones de la ley. c) Establecer igualdad de condiciones y de libre competencia entre los empresarios de bienes y servicios nacionales, y las empresas transnacionales respecto a la producción y realización de material audiovisual publicitario. d) Permitir al erario público obtener recursos frescos en medio de la actual crisis fiscal, potenciando encadenamientos productivos que fortalezcan el crecimiento económico mediante la creación de nuevas fuentes de empleo. Mediante la actualización de los cánones establecidos en el artículo 11 de la Ley de Radio se estimulará la industria audiovisual y el talento artístico nacional, haciendo uso de la legislación como garante del adecuado desarrollo económico de la economía creativa. | Expediente N°. 22.954 |
Ley para regular la actividad minera artesanal y de pequeña escala (MAPE) | Regular al sector de minería artesanal y de pequeña escala metálico y no metálico; así como establecer los requisitos, condiciones y procedimientos para el otorgamiento de los permisos, concesiones y otras autorizaciones (viabilidad ambiental) para la exploración, explotación y procesamiento cuando corresponda. | Expediente N°. 22.934 |
Aprobación de la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia | Proteger el plan de vida de individuos y comunidades en riesgo de ser segregados y marginados y así crear las condiciones que le permitan a los individuos expresar, preservar y desarrollar su identidad. | Expediente N°. 22.891 |
Ley de cinematografía y audiovisual | El objeto de esta ley es promover la actividad cinematográfica y audiovisual de forma sistémica en todo su ciclo creativo-productivo desde la producción, la distribución y la exhibición, hasta la conservación y difusión del acervo cinematográfico. Además, promocionar la educación cinematográfica y audiovisual, la formación de públicos, la investigación, así como la promoción y fomento de emprendimientos culturales. | Expediente N°. 22.852 |
Reforma de los artículos 4, 6, 7, 23, 27 y 33 y adición de los artículos 18 bis, 19 ter y 48 bis, a la Ley de obtenciones vegetales N.° 8631 del 06 de marzo de 2008 | Esta iniciativa propone una reforma a la Ley de Obtenciones Vegetales con el propósito de mejorar la participación ciudadana de las comunidades locales y los pueblos indígenas, buscando asegurar sus derechos sobre las obtenciones vegetales, del mismo modo; se pretende el establecimiento de sanciones por la comercialización ilegal derivada del acceso indebido a los elementos de la biodiversidad o a la biopiratería. | Expediente N°. 22.843 |
Ley de reducción de beneficios fiscales y ajuste de tarifas en rentas del capital para fortalecer el Sistema Fiscal | Mejorar la recaudación con la menor afectación posible de los sectores más vulnerables y con elementos de equidad y progresividad en la definición de las tarifas y en la reducción de beneficios fiscales. | Expediente N°. 22.801 |
Reforma de los artículos 2,4,11 y adición de artículos nuevos a la Ley de creación del Colegio Universitario de Limón, Ley N.° 7941 del 09 de noviembre de 1999 y sus reformas | Fortalecer la operatividad y funcionamiento del Colegio Universitario de Limón haciéndolo más ágil y moderno con el fin de que enfrente los desafíos actuales. | Expediente N°. 22.740 |
Reforma del artículo 23 de la Ley de incentivos a los profesionales en ciencias médicas, Ley N.° 6836, de 22 de diciembre de 1982, y sus reformas | Reformar el artículo 23 de la Ley de incentivos a los profesionales en Ciencias Médicas, Ley N.º 6836, de 22 de diciembre de 1982, relacionada con los profesionales en ciencias médicas contratados en las instituciones públicas quienes se regirán en cuanto a contratación a las condiciones estipuladas por la presente ley. En el caso de la contratación de profesionales en ciencias médicas contratados en el sector privado se regirán por acuerdo de partes, respetando lo dispuesto en el artículo 57 de la Constitución Política sobre el salario mínimo. | Expediente N°. 22.714 |
Reforma de la Ley de incentivos y promoción para el transporte eléctrico, Ley N.° 9518, de 25 de enero de 2018, para que se denomine Ley de incentivos y promoción para el transporte sostenible | La presente ley tiene por objeto crear el marco normativo para regular la promoción del transporte sostenible en el país y fortalecer las políticas públicas para incentivar su uso dentro del sector público y en la ciudadanía en general. Esta ley regula la organización administrativa pública vinculada al transporte sostenible, las competencias institucionales y su estímulo, por medio de exoneraciones, incentivos y políticas públicas, en cumplimiento de los compromisos adquiridos en los convenios internacionales ratificados por el país y el artículo 50 de la Constitución Política. | Expediente N°. 22.713 |
Ley que promueve la participación de partidos políticos que cumplan con las obligaciones a favor del estado | El presente proyecto de ley pretende que los actos de inscripción de partidos políticos obedezcan a algo más que un sistema registral de naturaleza estrictamente electoral y se equiparen, sin perder su naturaleza, con objetivos administrativos que regulan a otras entidades públicas y privadas, físicas o jurídicas, de las que no debería exceptuarse a los partidos políticos como entes públicos no estatales. Lo anterior, a través de legislación que impida la inscripción de las candidaturas que presenten con ocasión de los procesos electorales, por el hecho de encontrarse moroso ante la Caja Costarricense de Seguro Social en el pago de cuotas obrero-patronales. | Expediente N°. 22.598 |
Reforma a los artículos 4, incisos d y k y 9 inciso a, y adición de un inciso c al artículo 9 y de un párrafo final al artículo 36, todos de la Ley general de control de tabaco y sus efectos nocivos en la salud, Ley N.° 9028 del 22 de marzo de 2012 | Establecer el empaquetado neutro para los productos de tabaco convencionales, así como para la nueva generación de dispositivos que actualmente promueve el mercado global y que se comercializa en Costa Rica, con el fin de salvaguardar el derecho humano a la salud de la población y garantizar su acceso a un ambiente sanamente equilibrado. | Expediente N°. 22.497 |
Reforma de los artículos 22, inciso a), 25 y 36 del Código Procesal Penal Ley N.° 7594 de 10 de abril de 1996 y los artículos 208, 213 inciso 3), 228 y 394 del Código Penal Ley N.° 4573, para introducir la proporcionalidad en los delitos contra la propiedad y promover la inserción social de las personas infractoras de la ley penal | El objetivo fundamental del proyecto de ley es modificar varios artículos del Código Penal y el Código Procesal Penal para dar razonabilidad y proporcionalidad a las penas aplicadas por hurtos menores, es decir; cometidos sobre bienes de escaso valor, causando una afectación menor al bien jurídico tutelado, de manera que la aplicación de la pena de prisión se concentre en los delitos de mayor gravedad. | Expediente N°. 22.475 |
Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública | La presente ley tiene por objeto establecer la organización así como las competencias, funciones y actores por los cuales se regirá la implementación de la Inversión Pública de la República de Costa Rica, que incluye a todas las entidades de los tres niveles de gobierno: nacional, sectorial y local, con la finalidad de dirigir, coordinar, orientar y unificar el proceso de inversión pública de la administración central y descentralizada. | Expediente N°. 22.470 |
Ley Nacional de Salud Mental | La presente ley tiene como objetivos: a) Fortalecer el modelo de salud mental dirigido al estudio mediante investigaciones científicas, la promoción, prevención, atención, rehabilitación y reinserción con enfoque comunitario mediante acciones interinstitucionales e intersectoriales. b) Fortalecer el sistema nacional de salud mental, el acceso a la atención de la salud mental, la atención pronta y oportuna, así como la referencia y contra referencia al nivel de atención correspondiente de modo que sea posible proporcionar el mejor diagnóstico, cuidado, tratamiento, rehabilitación y el seguimiento del caso de acuerdo con los derechos humanos de todas las personas. c) Garantizar la accesibilidad y la calidad en la atención de la salud mental. d) Promover y asegurar los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud mental mediante su inclusión a la comunidad y la promoción, protección y garantía de sus derechos. e) Garantizar el derecho a la protección de la salud mental y el pleno goce de los derechos humanos de todas las personas. f) Establecer acciones en promoción de la salud mental y la prevención de trastornos mentales a través de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Ministerio de Salud, quienes trabajarán con los sectores, proyectos y programas necesarios para garantizar los derechos fundamentales y el desarrollo y uso de las capacidades mentales de todas las personas. | Expediente N°. 22.430 |
Ley para fomentar la pesca de la langosta en Puntarenas | Asignar el deber a INCOPESCA para que realice los estudios correspondientes para distribuir, de forma equitativa, las licencias de pesca para langosta en todas las áreas donde se desarrolla esta actividad, tomando en consideración los recursos marinos disponibles, la cantidad de personas que se dedican a la captura de esta especie y el desempleo que afecta a cada región. | Expediente N°. 22.303 |
Ley de Reducción de Jornadas en el Sector Público | Las instituciones públicas comprendidas en el artículo 26 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley No. 2166, de 9 de octubre de 1957, por un plazo improrrogable de doce meses, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, deberán reducir en un quince por ciento (15%), las jornadas de trabajo del personal que reciba una remuneración bruta mensual de al menos un millón quinientos mil colones (¢ 1.500.000) por su jornada ordinaria de trabajo. Se excluye de lo establecido en el artículo 1 de la presente ley, al personal que labore en las siguientes dependencias: Cuerpos de Policía, Benemérito Cuerpo de Bomberos, Ministerio de Salud, Caja Costarricense de Seguro Social, Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias y Centros penitenciarios. Asimismo, el proyecto plantea la reforma del inciso d) del artículo 6 de la Ley de Protección al Trabajador, Ley N°. 7983, de 16 de febrero de 2000. | Expediente N°. 22.081 |
Modificación del título; reforma de los artículos 1,5, 10 y 11; y adición de los artículos 12 bis y 12 ter a la Ley que regula la propaganda que utilice la imagen de la mujer, N.° 5811 de 10 de octubre de 1975 y sus reformas | Modificar el título del proyecto de ley y reformar los artículos 1, 4, 5, 10, 11, 12 y 13 de la Ley Regula la Propaganda que Utilice la Imagen de/a Mujer, N.° 5811, del 10 de octubre de 1975, relacionados con el objeto de regulación de la propaganda y/o publicidad comercial que utilice la imagen de las mujeres, organismo competente para velar por la ejecución de esta ley, integración y competencia del Consejo Asesor de Publicidad, empresas sujetas a las disposiciones de la presente ley, criterios de valoración para la fijación de las multas, denuncias, entre otros aspectos. | Expediente N°. 21.375 |
Ley de reforma a la equidad, eficiencia y sostenibilidad de los regímenes de pensiones | La iniciativa de ley propone entre otras cosas, cerrar los regímenes contributivos con cargo al presupuesto nacional en un plazo de dieciocho meses, manteniendo los derechos adquiridos de los actuales jubilados y la posibilidad de traspasar las pensiones actualmente vigentes. Adicionalmente, propone poner un tope equivalente a veintitrés veces la línea de pobreza, según determinación del Instituto Nacional de Estadística y Censos para el total del país, para los regímenes administrados por la Dirección Nacional de Pensiones, restableciendo incluso el tope para las jubilaciones en curso de pago, cuando sea aplicable. Lo que busca es lograr mayor equidad, no solo a lo interno de estos regímenes, sino también a lo externo, si se le compara con el sistema universal administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social. | Expediente N°. 21.345 |
Ley para la promoción y desarrollo de la producción y comercio de semillas | El proyecto de ley tiene como fin establecer el marco jurídico para el desarrollo de la actividad comercial de las semillas, aplicable a su producción, comercio y uso; de manera que se promueva la productividad y desarrollo agropecuario y forestal, así como una sana, justa y equitativa competencia. | Expediente N°. 21.087 |
Ley sobre la producción y control de la calidad en el comercio de semillas | La presente Ley tiene como objeto establecer el marco jurídico para: a- La Oficina Nacional de Semillas, en adelante ONS. b- El desarrollo de la actividad comercial de semillas, aplicable a la producción, comercio y uso de semilla de calidad superior y de variedades mejoradas para el desarrollo agropecuario, agroalimentario y forestal. c- Promover una justa y equitativa competencia en el sector semillerista, sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 3 de la presente Ley. d- Procurar el abastecimiento de semillas nacionales o importadas, especialmente ante situaciones de vulnerabilidad climática, sanitaria o alimentaria. e- La promoción de la conservación, protección y uso de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura (RFAA) y el resguardo de los derechos de los agricultores. | Expediente N°. 21.087 |
Ley Orgánica del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica | Las finalidades del Colegio son: a) Procurar el acceso para los seres humanos de servicios farmacéuticos, seguros y de calidad, tanto en el ámbito público como privado. privadas. b) Velar por el correcto ejercicio de la profesión farmacéutica dentro del territorio costarricense, procurando el accionar responsable de los profesionales y sancionando las faltas a la ética, las normas jurídicas y deontológicas que rigen la profesión farmacéutica. c) Incentivar el crecimiento profesional y personal de sus miembros, procurando de la profesión farmacéutica un ejercicio respetable. d) Promover el progreso de la Farmacia en sus distintos ámbitos de ejercicio. e) Promover la calidad académica universitaria y cooperar con las universidades del país, públicas y privadas, en tanto estas lo soliciten o la ley lo ordene. f) Emitir criterios y opiniones en materias de su competencia, cuando fuere consultado por alguno de los Supremos Poderes o el Colegio crea pertinente intervenir. g) Mantener y estimular el espíritu de unión de los farmacéuticos y promover el intercambio científico entre estos y con autoridades y centros de enseñanza superior tanto en el país como en el extranjero. h) Defender los derechos de los miembros del Colegio y hacer todas las gestiones que fueren necesarias para facilitar y asegurar su bienestar económico. | Expediente N°. 20.470 |